Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Federal

Artículo 57

TÍTULO QUINTO OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA

Artículo 57. Los lineamientos que emita el Sistema Nacional establecerán los formatos de publicación de la información para asegurar que la información sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible, verificable.

Los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior procurarán la homologación en la presentación de la información a la que hace referencia este Título por parte de los sujetos obligados.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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