Artículo 116.- La acción contra el avalista estará sujeta a los mismos términos y condiciones a que esté sujeta la acción contra el avalado.
Sección Quinta
De la Pluralidad de Ejemplares y de las Copias
TITULO PRIMERO De los Títulos de Crédito · CAPITULO II De la letra de cambio
Artículo 116.- La acción contra el avalista estará sujeta a los mismos términos y condiciones a que esté sujeta la acción contra el avalado.
Sección Quinta
De la Pluralidad de Ejemplares y de las Copias
Última reforma de esta ley incorporada: 26 de marzo de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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