Artículo 69.- Son títulos al portador los que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula “al portador.”
Artículo 69
TITULO PRIMERO De los Títulos de Crédito · CAPITULO I De las diversas clases de títulos de crédito
Última reforma de esta ley incorporada: 26 de marzo de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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