Ley de Hacienda del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 42

TÍTULO TERCERO DE LOS DERECHOS · CAPÍTULO III Por Certificaciones y Copias Certificadas

ARTÍCULO 42.- La expedición de testimonios de escrituras o instrumentos públicos, causará un derecho de acuerdo con lo siguiente:

Salario Mínimo General Diario Vigente

I.- Por la primera hoja 1

II.- Por las hojas subsiguientes, cada una .2

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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