Código Fiscal de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 123

TITULO TERCERO DE LOS INGRESOS POR CONTRIBUCIONES · CAPITULO I Del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles

ARTICULO 123.- Los fedatarios estarán obligados a verificar que los avalúos que sirvan de base para el cálculo del impuesto a que se refiere este Capítulo, se encuentran vigentes y que se hayan practicado y signado por las personas a que se refiere el artículo 22 de este Código, y cuya autorización o registro no se encuentre cancelada o suspendida.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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