Código Fiscal de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 262

TITULO TERCERO DE LOS INGRESOS POR CONTRIBUCIONES · CAPITULO X De los Derechos por el Uso o Aprovechamiento de Bienes del Dominio Público

ARTICULO 262.- Para los efectos del artículo anterior, el valor del inmueble de la Ciudad de México será el que resulte del avalúo practicado por la autoridad.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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