Código Fiscal del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 224

TÍTULO QUINTO Del Aseguramiento de Bienes y del

Artículo 224. Los bienes embargados podrán enajenarse fuera de remate, cuando:

I. El embargado proponga comprador antes del día en que se finque el remate, se enajene o adjudiquen los bienes a favor del fisco, siempre que el precio en que se venda cubra el valor que se haya señalado a los bienes embargados.

II. Se trate de bienes de fácil descomposición o deterioro, o de materiales inflamables, siempre que en la localidad no se pueden guardar o depositar en lugares apropiados para su conservación y que los precios de venta sean de mercado.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ipagos.chihuahua.gob.mx.

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