Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas · Chiapas

Artículo 174

TITULO QUINTO DE LAS INFRACCIONES, DE LAS SANCIONES Y DE LOS DELITOS FISCALES · CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTICULO 174.- A QUIEN COMETA LAS INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE LLEVAR LA CONTABILIDAD A QUE SE REFIERE EL ARTICULO ANTERIOR, SE IMPONDRAN LAS SIGUIENTES MULTAS

I. DE $1,500.00 A $3,000.00 PESOS, A LAS ESTABLECIDAS EN LAS FRACCIONES II, III Y IV.

II. DE $3,000.00 A $6,000.00 PESOS, A LAS COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES I, V, VI Y

VII. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2001)

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de diciembre de 2015. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: isstech.gob.mx.

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