Artículo 100.- Por la evaluación permanente a verificentros autorizados, se pagará una cuota anual conforme a la siguiente:
TARIFA CONCEPTO
I. Por cada línea de verificación con que cuente el verificentro. $4,018.
II. Derogada.
III. Derogada.
TITULO TERCERO DE LOS INGRESOS DEL ESTADO · CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS
Artículo 100.- Por la evaluación permanente a verificentros autorizados, se pagará una cuota anual conforme a la siguiente:
TARIFA CONCEPTO
I. Por cada línea de verificación con que cuente el verificentro. $4,018.
II. Derogada.
III. Derogada.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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