Artículo 244.- Las responsabi lidades administrativas, civiles y penales en que incurran las autoridades estatales o municipales por el manejo o aplicación indebido de los recursos recibidos de los fondos federales, convenios de descentralización y programas de apoyo federales señalados en este capítulo, para fines distintos a los previstos por la Ley de Coordinación Fiscal, serán sancionados en los términos de la legislación federal y estatal aplicable.
Artículo 244
TITULO SEPTIMO DE LA COORDINACION HACENDARIA · CAPITULO TERCERO DE LOS FONDOS DE APORTACIONES FEDERALES, CONVENIOS DE
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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