Ley de Hacienda del Estado de Guerrero (Núm. 419) · Guerrero

Artículo 273

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO VII IMPUESTO SOBRE ALCOHOL Y

ARTÍCULO 273.- Son sujetos de este impuesto las personas físicas que realicen dentro del territorio del estado, actividades de notaría o correduría pública.

(REFORMADO, P.O. EDICIÓN No.104 ALCANCE IV, 29 DE DICIEMBRE DE 2023)

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.