Ley de Hacienda del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 2

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 2.- La Hacienda Pública del Estado se conforma por los ingresos provenientes de:

I.- Impuestos: a) Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal; b) Sobre Servicios de Hospedaje; c) Sobre Tenencia o Uso de Vehículos; d) Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados; e) Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos; y f) Se deroga. 

II.- Derechos;

III.- Productos;

IV.- Aprovechamientos;

V.- Participaciones en Ingresos Federales, Fondos y Recursos Participables, Incentivos Económicos, Fondos de Aportaciones Federales, Reasignaciones y demás ingresos que determinen las leyes fiscales del Estado, así como los que se establezcan en los convenios celebrados con los distintos ámbitos de gobierno y particulares;

VI.- Ingresos extraordinarios; y

VII.- Aquéllos que por cualquier título obtenga en su favor.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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