Código Fiscal del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 118

TITULO V DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS · CAPITULO I DEL RECURSO ADMINISTRATIVO

ARTÍCULO 118.- La interposición del recurso de revocación será optativa para el interesado antes de acudir al Tribunal Fiscal del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de diciembre de 2005. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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