Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 29

TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO PRIMERO Impuestos Ecológicos

ARTÍCULO 29. Son sujetos de este impuesto las personas físicas y morales, así como las unidades económicas sean o no residentes en el Estado, generadoras del residuo y que por sí mismas o a través de intermediarios depositen o almacenen residuos en vertederos públicos o privados.

DE LA BASE

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: sefin.zacatecas.gob.mx.

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