Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 4

TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 4. El pago de los impuestos previstos en la Ley de Hacienda se realizará en la forma y términos previstos en el artículo 32 del Código.

Para la determinación y pago de las contribuciones con sus accesorios, las cantidades correspondientes se ajustarán al múltiplo de pesos más próximo, inferior o superior, según corresponda.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: sefin.zacatecas.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.