Ley del Impuesto Sobre la Renta · Federal

Artículo 112

TÍTULO IV DE LAS PERSONAS FÍSICAS · CAPÍTULO II DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES

Artículo 112. Se deroga.

Artículo reformado DOF 18-11-2015. Derogado DOF 12-11-2021

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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