Ley del Impuesto Sobre la Renta · Federal

Artículo 149

TÍTULO IV DE LAS PERSONAS FÍSICAS · CAPÍTULO X DE LOS REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES

Artículo 149. Las inversiones cuya deducción autoriza este Título, excepto las reguladas por el

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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