Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Baja California Sur · Baja California Sur
Artículo 39
TÍTULO TERCERO POLÍTICA DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL EN EL ESTADO DE BAJA · CAPÍTULO III INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE MOVILIDAD Y SEGURIDAD VIAL
Artículo 39.- La Secretaría junto con la Secretaría de Seguridad Pública y los Ayuntamientos supervisaran que la instalación, colocación y exposición de anuncios
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