Ley de Movilidad de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 66

Artículo 66.- Las licencias o permisos para conducir se extinguen por las siguientes causas:

I. Suspensión o cancelación;

II. Expiración del plazo por el que fue otorgada; y

III. Las previstas en las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de diciembre de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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