Artículo 272. Explotación de concesiones, contratos de operación y permisos
1. Las concesiones, contratos de operación y permisos que se otorguen, con las salvedades y limitaciones establecidas en la presente Ley y sus reglamentos, son para la explotación del servicio de transporte público en:
I. Vehículos;
II. Rutas; y
III. Zonas determinadas.