Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión · Federal

Artículo 6

TÍTULO PRIMERO Del Ámbito de Aplicación de la Ley y de las Autoridades

Artículo 6. A falta de disposición expresa en esta Ley o en los tratados internacionales, incluidos los relativos a Derechos Humanos, se aplicarán supletoriamente:

I. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

II. La Ley Federal de Competencia Económica;

III. La Ley General de Bienes Nacionales;

IV. La Ley de Vías Generales de Comunicación;

V. La Ley Federal de Protección al Consumidor;

VI. El Código de Comercio;

VII. El Código Civil Federal;

VIII. El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares;

IX. Las Leyes aplicables en materia de seguridad, y

X. Las Leyes aplicables en materia electoral.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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