Ley Nacional de Ejecución Penal · Federal

Artículo 203

TÍTULO SEXTO Capítulo I

Artículo 203. Alcances de la justicia restaurativa

Si el sentenciado se somete al proceso de justicia restaurativa, el Juez de Ejecución lo considerará como parte complementaria del plan de actividades.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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