Artículo 2. Son objetivos de esta Ley:
I. Habilitar el Modelo Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos;
II. Habilitar el Modelo Nacional para la Digitalización;
III. Habilitar el Modelo Nacional de Homologación de Trámites y Servicios, Compartición de Soluciones Tecnológicas y Desarrollo de Capacidades Públicas;
IV. Habilitar el Modelo Nacional de Atención Ciudadana;
V. Habilitar el Repositorio Nacional de Tecnología Pública;
VI. Establecer Llave MX como el mecanismo de autenticación e identificación en medios digitales;
VII. Habilitar el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios;
VIII. Establecer las herramientas, instrumentos y acciones para promover las buenas prácticas regulatorias, y
IX. Establecer las obligaciones de las autoridades de los tres órdenes de gobierno para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley.