Artículo 118. Del procedimiento
Las etapas del procedimiento penal para adolescentes serán las que prevé el Código Nacional, el cual se regirá por las normas contenidas en esta Ley y supletoriamente por las del Código Nacional.
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO II DE LA PRESCRIPCIÓN
Artículo 118. Del procedimiento
Las etapas del procedimiento penal para adolescentes serán las que prevé el Código Nacional, el cual se regirá por las normas contenidas en esta Ley y supletoriamente por las del Código Nacional.
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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