Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza · Federal

Artículo 23

Artículo 23. Durante una detención, se debe garantizar la seguridad de las personas no involucradas, la de los agentes y la del sujeto de la detención, en ese orden.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de enero de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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