Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas · Chiapas

Artículo 179

Artículo 179. Los gobiernos estatal y municipal promoverán el establecimiento y creación de industrias sostenibles y promoverán la investigación e innovación científica en este sentido; asimismo, se impulsará el turismo ecológico y de aventura.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: asechiapas.gob.mx.

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