Artículo 210. Los Ayuntamientos crearan un sistema de Gobierno Digital Municipal, en donde se establecerán las políticas públicas para incorporar el uso de tecnologías de la información y comunicación a los trámites gubernamentales, se procurará que aquellos que tengan mayor demanda sean accesibles para la población a través de estos medios por medio de la plataforma que desarrolle el Ayuntamiento, en coordinación con el Gobierno del Estado.
Título Décimo Primero Defensor Municipal de Derechos Humanos