ARTÍCULO 1º. El Estado de Coahuila de Zaragoza adopta para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo y popular, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado. El Municipio se constituirá, dentro del régimen interior del Estado, en un orden constitucional de gobierno municipal, libre, democrático, republicano, representativo y popular. El Municipalismo se instituye en el régimen interior del Estado como la fórmula política, orgánica y funcional, para que los Gobiernos Estatal y Municipal actúen, bajo el principio de fidelidad municipal, de manera constructiva, corresponsable y armónicamente en el desempeño de sus funciones exclusivas, concurrentes o coincidentes.
(REFORMADO, P.O. 20 DE MARZO DE 2001)