ARTÍCULO 3.- La organización y funcionamiento de los municipios del Estado, se regirá por:
I.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II.- La Constitución Política del Estado;
III.- La presente Ley; y
IV.- Los Bandos y reglamentos que cada municipio expida de acuerdo a sus condiciones territoriales, socio-económicas, su capacidad administrativa y financiera.