Artículo 96. Las dependencias, entidades y unidades administrativas, ejercerán las funciones que les asigne esta Ley y los respectivos Bandos de Gobierno Municipal y Reglamentos, en los que se establecerán las estructuras de organización y sus funciones.
Artículo 96
TÍTULO TERCERO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
Última reforma de esta ley incorporada: 25 de junio de 2014. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: secoem.michoacan.gob.mx.
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