Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 167

CAPÍTULO XV

ARTÍCULO 167 .............................................................................................................. 105

ARTÍCULO 167

Los tesoreros municipales serán responsables de las erogaciones que efectúen fuera de los presupuestos y planes aprobados, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurran otros servidores públicos.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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