Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 4

TITULO PRIMERO DEL MUNICIPIO · CAPITULO I Disposiciones Generales

ARTICULO 4° . Para el cumplimiento de sus fines y aprovechamiento de sus recursos, los ayuntamientos formularán planes de desarrollo y programas de acuerdo con las leyes y reglamentos de la materia, buscando sin menoscabo de la autonomía municipal, la congruencia con las administraciones estatal y federal como elemento fundamental para el fortalecimiento del federalismo.

(ADICIONADO, P.O. 03 DE MARZO DE 2020)

Asimismo, se deberá fomentar el uso adecuado de los recursos públicos, promoviendo el ahorro en consumibles e insumos; impulsando además el uso de cero papel; fortaleciendo la digitalización de trámites y el gobierno digital.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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