Código Municipal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 1

TÍTULO PRIMERO DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS MUNICIPIOS · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º.- El presente Código contiene las normas relativas a la organización, administración, funcionamiento y atribuciones de los Municipios del Estado de Tamaulipas así como las bases de la Justicia Administrativa municipal, con base a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado. (Ultima reforma POE No. 146 del 04-Dic-2014)

ARTÍCULO 1-Bis.- Son objetivos específicos del presente Código: l.- Establecer la forma de operación y funcionamiento de los municipios y sus ayuntamientos del Estado de Tamaulipas;

II.- Promover la cultura institucional para la igualdad laboral entre mujeres y hombres;

III.- Establecer las bases normativas para la transversalización de la perspectiva de género en los planes, políticas y acciones del Ayuntamiento;

IV.- Impulsar la igualdad sustantiva y no discriminación al interior como al exterior del Ayuntamiento;

V.- Garantizar los derechos humanos en todo el territorio municipal; y

VI.- Garantizar un enfoque integral, transversal, con perspectiva de derechos humanos, de género e interculturalidad en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno. (Se adiciona presente artículo, POE No. 22 del 21-Feb-2023)

ARTÍCULO 1-Ter.- Para el cumplimiento de las acciones en materia de género, igualdad sustantiva, no discriminación y violencia contra las mujeres, se aplicarán, de manera supletoria las siguientes leyes: l.- Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;

II.- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su reglamento;

III.- Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación;

IV.- Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad del Estado de Tamaulipas;

V.- Ley para la Igualdad de Género en Tamaulipas;

VI.- Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres;

VIl.- Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Tamaulipas; y

VIII.- Las demás disposiciones en materia de derechos humanos de las mujeres. (Se adiciona presente artículo, POE No. 22 del 21-Feb-2023)

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.