Código Municipal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 307

TÍTULO SEXTO DEL ARCHIVO GENERAL DEL MUNICIPIO · CAPÍTULO III DE SU ORGANIZACION Y FUNCIONES

ARTÍCULO 307.- Cuando el desempeño de las funciones encomendadas lo requieran, los órganos y dependencias municipales podrán solicitar copias simples de la documentación concentrada en el Archivo General del Municipio. Es responsabilidad del Ayuntamiento o, en su caso, del Presidente Municipal autorizar el préstamo de los originales o la expedición de copias certificadas de los mismos a los órganos y dependencias municipales.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.

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