Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 190

TÍTULO SÉPTIMO PATRIMONIO MUNICIPAL

Artículo 190

Los contratos y actos realizados en contravención a lo dispuesto por esta ley, son nulos de pleno derecho y así lo declarará la Legislatura del Estado.

Nulidad por falta de competencia

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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