Artículo 306.
Los recursos disponibles serán exclusivamente los provenientes del rendimiento que genere el Fondo.
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO IV Del destino
Artículo 306.
Los recursos disponibles serán exclusivamente los provenientes del rendimiento que genere el Fondo.
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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