Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas · Federal

Artículo 26 BIS

TÍTULO SEGUNDO DE LA PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO · CAPÍTULO ÚNICO Se deroga referencia al Capítulo

Artículo 26 Bis. Las dependencias y entidades previo a la investigación de mercado e inicio del procedimiento de contratación, podrán llevar a cabo diálogos estratégicos con las personas interesadas del sector correspondiente.

Los diálogos estratégicos tendrán como finalidad que las dependencias y entidades den a conocer la descripción de la obra o del servicio relacionado a obra pública, así como el lugar en donde se llevarán a cabo los trabajos, para que cualquier interesado pueda proponer aspectos de carácter técnico y económico que se requieran para la preparación de la proposición.

Los diálogos estratégicos tendrán una duración de máximo cinco días naturales.

El Reglamento de esta Ley establecerá los supuestos que deberán seguirse para el desarrollo del diálogo estratégico.

Artículo adicionado DOF 16-04-2025

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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