Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa · Federal

Artículo 52

TÍTULO TERCERO DEL PERSONAL DEL TRIBUNAL

Artículo 52. El Presidente del Tribunal será electo por el Pleno General de la Sala Superior en la primera sesión del año siguiente a aquél en que concluya el periodo del Presidente en funciones. Durará en su cargo tres años y no podrá ser reelecto para ningún otro periodo.

Serán elegibles los Magistrados de Sala Superior cuyos nombramientos cubran el periodo antes señalado.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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