Artículo 51.- Los actos de particulares previstos en el presente Capítulo se consideran vinculados a faltas administrativas graves, por lo que su comisión será sancionada en términos de esta Ley.
Artículo 51
TÍTULO TERCERO LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS · CAPÍTULO III Los Actos de Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoags.gob.mx.
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