Artículo 107. Una vez subsanadas las deficiencias o aclaraciones o si no existieren, la Sala Especializada resolverá el recurso de inconformidad en un plazo no mayor a treinta días hábiles.
Artículo 107
TÍTULO PRIMERO DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS GRAVES Y NO
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de julio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresobc.gob.mx.
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