Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California · Baja California

Artículo 26

TÍTULO SEGUNDO MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE

Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, llevará el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma Digital Estatal que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos que apruebe el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de julio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresobc.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.