Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 11

Artículo 11. La Auditoría Superior será competente para investigar y substanciar el procedimiento por las faltas administrativas graves y promover ante el Tribunal las acciones correspondientes. En caso de que la Auditoría Superior detecte posibles faltas administrativas no graves darán cuenta de ello a la Secretaría o ante los Órganos internos de control, según corresponda, para que continúen la investigación respectiva y promuevan las acciones que procedan. En los casos en que, derivado de sus investigaciones, acontezca la presunta comisión de delitos, presentarán las denuncias correspondientes ante la Fiscalía competente.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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