Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 4

Artículo 4. Son sujetos de esta Ley:

I. Las Personas Servidoras Públicas;

II. Aquellas personas que, habiendo fungido como Personas Servidoras Públicas, se ubiquen en los supuestos a que se refiere la presente Ley, y III. Los particulares vinculados con faltas administrativas graves.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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