Artículo 24 . Las personas morales serán sancionadas en los términos de esta Ley cuando los actos vinculados con Faltas Administrativas Graves sean realizados por personas físicas que actúen a su nombre o representación de la persona moral y pretendan obtener mediante tales conductas beneficios para dicha persona moral.
Artículo 24
TÍTULO SEGUNDO DE LOS MECANISMOS DE PREVENCIÓN E
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: tjaech.gob.mx.
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