Artículo 86 . El monto de la sanción económica impuesta se actualizará, para efectos de su pago, en la forma y términos que establece el Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas, en tratándose de contribuciones y aprovechamientos.
(Reforma Publicada Mediante P.O. Núm. 122, de fecha 19 de Agosto de 2020).