Artículo 151. Son documentos públicos, aquellos que sean expedidos por servidores públicos federales, estatales y municipales, en el ejercicio de sus funciones. Son documentos privados, los que no cumplan con la condición anterior.
Artículo 151
TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES COMUNES AL PROCEDIMIENTO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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