Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 5

TÍTULO PRIMERO Capítulo I

Artículo 5. No se considerarán Servidores Públicos los consejeros independientes de los órganos de gobierno de los entes públicos en cuyas leyes o decretos de creación se prevea expresamente, sin perjuicio de las responsabilidades que establecen las leyes que los regulan.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: registrocivil.guanajuato.gob.mx.

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