Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 86

TÍTULO CUARTO

Artículo 86. El monto de la sanción económica impuesta se actualizará, para efectos de su pago, en la forma y términos del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: registrocivil.guanajuato.gob.mx.

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