Artículo 104. El escrito de impugnación deberá presentarse ante la Autoridad
Investigadora que hubiere hecho la calificación de la Falta Administrativa como no grave, debiendo expresar los motivos por los que se estime indebida dicha calificación.
Interpuesto el recurso, la Autoridad Investigadora, dentro de un término de tres días hábiles deberá correr traslado, adjuntando el expediente integrado y un informe en el que justifique la calificación impugnada, a la Sala Especializada en materia de responsabilidades Administrativas del Tribunal.