Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 150

TÍTULO SEXTO EL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES

Artículo 150 . Preparación de desahogo de pruebas fuera del ámbito jurisdiccional. Cuando la preparación o desahogo de las pruebas deba tener lugar fuera del ámbito jurisdiccional de la Autoridad Resolutora del asunto, podrá solicitar, mediante exhorto o carta rogatoria, la colaboración de las autoridades competentes del lugar. Tratándose de cartas rogatorias se estará a lo dispuesto en los tratados y convenciones internacionales.

SECCIÓN QUINTA

DISPOSICIONES PARTICULARES DE LAS PRUEBAS

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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